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Ya queda menos para que se apruebe la ley del desahucio exprés que se supone que agilizará el mustio mercado del alquiler de viviendas. Albricias. Solo queda saber cómo se llamará la criatura legislativa que permitirá sacar rápidamente de las orejas a los inquilinos que no pagan la renta.
Es conocida (y bastante cómica) la orwelliana propensión que sufre el legislador a bautizar las leyes procesales con nombres que evocan velocidad, prontitud y presteza. Casi todos los pleitos penales se tramitan como procedimientos abreviados, diligencias urgentes o juicios rápidos. Hasta el proceso más lento y pausado se llama, en epatante demostración de la curvatura espacio-tiempo, el sumario. Lo mismo ocurre en los litigios civiles, con sus procesos verbales (en los que todo queda por escrito) y sus ejecutivos, o en los contencioso-administrativos, que tampoco se libran de su proceso abreviado, etcétera.
Sufrimos los procesos judiciales más lentos de Europa (yo diría que de todo el Orbe conocido) pero, eso sí, tienen unos nombres muy galácticos, que de solo mencionarlos parece que ya han terminado. Lo difícil es luego explicar a un cliente por qué su procedimiento abreviado lleva siete años acumulando polvo en el juzgado, o su divorcio exprés se está alargando más que las guerras púnicas.
En todo caso, me apunto al voluntarismo semántico, que es francamente divertido y resulta mucho más barato que dotar a los juzgados de herramientas informáticas de este siglo. Allá va mi propuesta de nombre para la prometida ley de desahucios:
Anteproyecto de ley de reforma urgente por el que se establece un procedimiento inmediato, ultraabreviado y de expulsión instantánea en vía ejecutiva de inquilinos morosos mediante el acelerador de partículas LHC.
Si el amable lector tiene alguna otra sugerencia de nombre, le ruego que la deje en los comentarios. ¡Y no olviden vitaminarse y supermineralizarse!
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