Logotipo de iAbogado


Ayuda legal:  807 505 207

Español | English   


Guía Legal
» Los tribunales


Consultas legales

Publicidad





Tarifa Plana Legal

Guía Legal » Los tribunales » Juzgados y tribunales


Juzgados y tribunales




 

La organización judicial en España es bastante compleja. El Estado organiza territorialmente a efectos judiciales en municipios, partidos, provincias y Comunidades Autónomas.

Sobre ellos ejercen sus funciones los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo, de lo Social, de Vigilancia Penitenciaria y de Menores, las Audiencias Provinciales y los Tribunales Superiores de Justicia.

Por su parte, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo ejercen sus competencias en todo el territorio español.

El municipio, la provincia, y la Comunidad Autónoma coinciden territorialmente con las unidades administrativas del mismo nombre, mientras que los partidos judiciales pueden estar formados por más de un municipio dentro de la misma provincia, siempre que éstos sean limítrofes.

A continuación se detallan los tipos de Juzgados y Tribunales que integran el sistema judicial español así como las competencias de cada uno de ellos.



Organización jerárquica de los Juzgados y Tribunales

El Tribunal Supremo

La Audiencia Nacional

Los Tribunales Superiores de Justicia

Las Audiencias Provinciales

Los Juzgados de lo Penal, de lo Contencioso Administrativo, de lo Social, de Menores y de Vigilancia Penitenciaria

Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Los Juzgados de Paz

El Tribunal Constitucional


Organización jerárquica de los Juzgados y Tribunales. Organigrama

En el siguiente cuadro figuran ordenados jerárquicamente de mayor a menor rango, los juzgados y tribunales españoles. Debe señalarse respecto a los incluidos bajo el epígrafe de Juzgados, que todos ellos comparten el mismo rango diferenciándose entre sí por las competencias que les han sido atribuidas a cada uno de ellos, y por el ámbito territorial en el que desarrollan las mismas.

Así, como después se tratará, los Juzgados Centrales de Instrucción, de lo Penal, de Menores y de lo Contencioso-Administrativo, tienen competencia en todo el territorio nacional.

En este cuadro no se incluye el Tribunal Constitucional que es el encargado de velar por el respeto a los derechos y libertades contenidos en la Constitución Española. Se situaría en el mismo nivel jerárquico que el Tribunal Supremo siendo su ámbito competencial completamente diferente.

Por su parte, el máximo órgano de los jueces, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) puede acordar, que en aquellas circunscripciones donde exista más de un Juzgado de la misma clase, uno o varios de ellos asuman con carácter exclusivo el conocimiento de determinadas clases de asuntos. Por ello, en las grandes ciudades se han creado Juzgados especializados en asuntos de familia, incapacitación y tutela, hipotecarios.... etc.

La organización de la jurisdicción militar debe ser tratada de forma independiente. También se estructura de forma jerarquizada, siendo el órgano superior, la Sala Quinta de lo Militar del Tribunal Supremo. Por debajo de esta Sala se situarían el Tribunal Militar Central, los Tribunales Militares Territoriales y los Juzgados Togados Militares, ejerciendo estos últimos las funciones instructoras.


TRIBUNAL SUPREMO
Sala Primera Civil - Sala Segunda Penal - Sala Tercera Contencioso AdministrativoSala Cuarta de lo Social - Sala Quinta de lo Militar
AUDIENCIA NACIONAL
Sala Penal - Sala Social - Sala Contencioso Administrativo
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Sala Civil y Penal - Sala Contencioso Administrativa - Sala Social
AUDIENCIA PROVINCIAL
Sección Civil y Penal
JUZGADOS
Juzgado Central de Instrucción - Juzgado Central de lo Penal
Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo - Juzgado Central de Menores
Primera Instancia - Instrucción - Menores - Vigilancia PenitenciariaDe lo contencioso administrativo
Juzgados de Paz


El Tribunal Supremo

Tiene su sede en Madrid y su jurisdicción se extiende a toda España.Es el órgano judicial superior jerárquicamente al resto de los juzgados y tribunales.

Se compone de las siguientes Salas:


La Audiencia Nacional

Como el Tribunal Supremo, tiene su sede en Madrid y ejerce su jurisdicción en toda España.

Está constituida por las siguientes Salas:

Dentro de la Audiencia Nacional se integran los archiconocidos Juzgados Centrales de Instrucción, que se encargan de la instrucción de aquellas causas que posteriormente debe enjuiciar la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, y los Juzgados Centrales de lo Penal.

Los Tribunales Superiores de Justicia

Es el órgano judicial de mayor rango jerárquico dentro del ámbito territorial de una Comunidad Autónoma.

Están formados por las siguientes Salas, en las que a su vez pueden formarse Secciones:

Las Audiencias Provinciales

Tienen competencias tanto en materia civil como penal. Su sede se encuentra en la capital de la provincia en la que ejercen su jurisdicción y competencias.

Juzgados de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo, de lo Social, de Vigilancia Penitenciaria y de Menores

Pueden existir uno o varios y extender su jurisdicción a uno o más partidos de la provincia o, incluso, dependiendo del volumen de asuntos que se tramiten, a varias provincias de una misma Comunidad Autónoma.


Tienen su sede en la capital de la provincia y debe distinguise entre:


Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Toman su designación del municipio de su sede y pueden articularse como órganos distintos Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de Instrucción en aquellos partidos en que su número así lo aconseje.

Existen en cada partido judicial extienden su competencia a todo su territorio y así:

Los Juzgados de Paz

Además de lo anterior, en los municipios donde no existan Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, y con competencia en el término correspondiente, ejercen sus funciones jurisdiccionales los Juzgados de Paz.

Los Juzgados de Paz conocen, en el orden civil, de la sustanciación en primera instancia, fallo y ejecución de algunos procedimientos menores o de pequeña cuantía.

Cumplen también funciones de Registro Civil y otras menores.

Los Jueces de Paz y sus sustitutos son nombrados por un período de 4 años por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia correspondiente, recayendo su nombramiento de entre las personas elegidas por el Ayuntamiento por mayoría absoluta.

Si en el plazo de 3 meses, contados desde que queda libre la plaza en el Juzgado de Paz, el Ayuntamiento no realiza la propuesta de nombramiento, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia será la que designe al Juez de Paz. Se procede de la misma forma cuando la persona designada por el Ayuntamiento no reúne las condiciones legalmente exigidas.

Pueden ser nombrados Jueces de Paz, tanto titular como sustituto, quienes, sin ser licenciados en Derecho, reúnan los requisitos para acceder a la carrera judicial, y no estén incursos en ninguna de las causas de incapacidad o de incompatibilidad previstas para el desempeño de las funciones judiciales, salvo el ejercicio de actividades profesionales o mercantiles.

El Tribunal Constitucional

Es el órgano judicial encargado de velar por el respeto de los derechos y libertades fundamentales contenidos en la Constitución.

Así, el cumplimiento de las libertades y derechos fundamentales de todas las personas se garantiza, en primer lugar, mediante el ejercicio de las diversas acciones ante los Jueces y Tribunales ordinarios y, en segundo lugar y de forma subsidiaria, a través del llamado recurso de amparo que se tramita ante el Tribunal Constitucional.

Esto supone que, con carácter previo a la solicitud de amparo constitucional, es necesario haber agotado previamente el sistema de recursos previsto por la legislación.

El recurso puede interponerlo cualquier persona, natural o jurídica, el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal, que también interviene en todos aquellos procedimientos que puedan afectar al interés público y es obligatoria la intervención de abogado y procurador.

El Tribunal Constitucional es competente para conocer:

Está compuesto por 12 Magistrados nombrados por el Rey a propuesta de las Cámaras que integran las Cortes Generales (4 por el Congreso y 4 por el Senado), del Gobierno (2) y del Consejo General del Poder Judicial (2)
La designación se realiza para un periodo de 9 años, de entre ciudadanos españoles que ostenten los cargos de Magistrados o Fiscales, Profesores de Universidad, Funcionarios públicos o Abogados, debiendo ser todos ellos juristas de reconocido prestigio con más de 15 años de ejercicio profesional.

El Tribunal Constitucional se organiza de la siguiente forma:


¿Necesita ayuda legal? En iAbogado contamos con abogados especializados en esta materia. Si desea obtener consejo sobre su asunto, pulse a continuación el botón Consultar. También puede contratar ahora mismo alguno de nuestros servicios de abogacía relacionados con este tema, pulsando el botón Contratar.

Consulte en directo a un abogado sobre esto
Contrate a un abogado especializado en esto


Nota:  Queda autorizada la reproducción total o parcial de este texto, a condición de que se cite la fuente y se incorpore un enlace claramente visible a www.iAbogado.com.




Boletin gratuito

Comentarios y noticias del mundo del Derecho, cada 15 días en su buzón.


          

Números anteriores

Anúnciese aquí

Exponga sus anuncios publicitarios y patrocinios ante nuestros 300.000 visitantes/mes