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El síndrome del gobernador de Barataria

Sancho gobernador

Es sabido que el poder erotiza, aunque sea de poco vuelo y circunscrito a una pedanía de cuarenta habitantes. Cuando se toca el poder y se pisa moqueta, el concejalillo más humilde corre el riesgo de sufrir mal de altura y creerse maharajá de la India o gobernador de Barataria.

El delirio suele darse en grupo, y es a veces un municipio entero el que se comporta como si fuera un país soberano, con facultades diplomáticas e incluso embajadas extranjeras en su territorio. Sufriendo una curiosa patología osmótica y en una suerte de alucinación colectiva, los concejales promueven incluso declaraciones de persona non grata, cómo la que le acaba de endilgar el Ayuntamiento de Marbella al presunto cerebro de la operación 'Malaya', Juan Antonio Roca.

Persona non grata (literalmente, persona no bienvenida) es una expresión que se utiliza en las relaciones internacionales para declarar a algún diplomático inaceptable e impedir que entre en el país o enviarle de vuelta al suyo. Se trata de un mecanismo regulado en el artículo 9 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y que tiene un efecto legal claro. El Estado acreditante queda obligado a retirar a esa persona o poner término a sus funciones en la misión.

Fuera del ámbito diplomático, las declaraciones de persona ‘non grata’ no tienen eficacia jurídica alguna y son, como diría un chileno, más inútiles que un cenicero de moto. Los Ayuntamientos no tienen habilitación legal para colgar esta extraña condecoración en el cuello de ningún ciudadano, por muy facineroso que sea y por mal que les caiga a los munícipes de turno. Los consistorios no tienen libertad de expresión para criticar a sus administrados. Sus únicas funciones son las que le asigna la ley, y como dice la Sentencia del Tribunal Constitucional 185/1989, tales fines no incluyen el de atribuir calificativos a sus administrados o a las empresas que actúan en su ámbito territorial.

Además, el observador se pregunta para qué diantre acuden los ayuntamientos a tan pintoresco expediente, cuando, como afirmó el Tribunal Supremo (Sala III, sentencia de 24/11/03), disponen legalmente de suficientes mecanismos de autotuela declarativa, ejecutiva y de coerción, incluso, para evitar o eliminar las actuaciones o comportamientos ilegales, sin recurrir a una descalificación formal, que puede comportar un desprestigio y, en todo caso, un reproche sin respaldo normativo ni garantía de procedimiento.

Los ayuntamientos que así se comportan se alejan de los modos diplomáticos que pretenden pomposamente adoptar, y caen justamente en lo contrario, desprendiendo un aire más bien faltón y cateto. Y si, años después, algún concejal en sus cabales intenta revocar alguna boba declaración de este tipo, fruto de un antiguo calentón municipal, le puede ocurrir lo que al Ayuntamiento de Calafell.

Cuando el municipio tarraconense quiso rehabilitar al cómico Albert Boadella y su compañía Els Joglars, a los que años atrás había distinguido con la declaración de no gratos, vaya usted a saber por qué, Boadella contestó con una divertidísima carta quejándose por la retirada de la distinción, reivindicando su condición de persona no grata, y reclamando “dignidad y respeto para las personas no gratas nombradas con la mayoría del consistorio”.

Más les valdría a los munícipes atenerse al consejo que dio don Quijote a Sancho Panza antes que fuese a gobernar la ínsula (capítulo XLII de la segunda parte):

Al que has de castigar con obras no trates mal con palabras, pues le basta al desdichado la pena del suplicio, sin la añadidura de las malas razones.



Por javier muñoz, 26 April 2008
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