"La Ley de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, de 4 de julio de 2006, crea en su artículo 5º la Comisión Interadministrativa de Capitalidad, como órgano de cooperación para la mejor articulación del régimen de capitalidad, previsto en la propia Ley, disponiendo el número 2 del artículo 6º, de forma absolutamente incongruente, que «su composición y funcionamiento se determinará en su Reglamento, que se aprobará por unanimidad de sus miembros». Es decir, la ley viene a disponer que los miembros de la Comisión Interadministrativa aprobarán el Reglamento de Funcionamiento que establecerá... quiénes son miembros de la misma."
... los que hacemos iAbogado.com deseamos a todos nuestros amigos, lectores, clientes y colaboradores una Feliz Navidad y que el año 2007 traiga ventura, alegría y Justicia.
El admirable y doliente ser humano de la foto es Guillermo Fariñas Hernández, periodista cubano que ha sido premiado hace poco con un galardón de Reporteros sin Fronteras, en la categoría de 'ciberdisidente'. Es director de la agencia de prensa independiente 'Cubanacán Press' y acaba de superar una heroica y casi suicida huelga de hambre de siete meses, para exigir que todos los cubanos puedan tener acceso libre a Internet.
Fariñas no ha podido acudir a recoger el premio porque, adivinen, el régimen del supremo Comandante no le ha autorizado a abandonar la isla-cárcel de las Antillas. Como saben, los dirigentes de la dictadura surreal-comunista que asola el país desde hace décadas no le tienen mucho aprecio a la Red, ese corrupto conductor de ideas contrarrevolucionarias e imperialit-tas.
Pero si el lector quiere ver cómo desbarran algunos a la hora de justificar esta violación de los derechos humanos, le recomiendo que lea (tapándose la nariz) este repugnante y cínico texto, un prodigio de la demagogia totalitaria que uno ya creía periclitada. Juzge usted mismo.
"Ahora que ha muerto Pinochet, muchos recordamos el horror de las miles de muertes y asesinatos del dictador y la dictadura. La dura y negra represión pinochetista acompañada de la entrega de ingentes recursos públicos al sector privado, desmontando la sanidad y la seguridad social públicas. Los chilenos recuerdan a las víctimas y procuran evitar que el horror vuelva nunca más. Al tiempo, intentan reponerse del desastre económico y social que supuso la destrucción de un sistema público sanitario o de pensiones que aseguraba la calidad de vida de todos y que quedó a merced del negocio privado.No queremos para Madrid el camino chileno, sino el camino europeo. Por eso defendemos en la calle nuestra sanidad pública, que nadie nos regaló sino que construimos con aportaciones de todos los trabajadores".
Por cierto, resulta curiosa esta forma de protestar por las listas de espera: alargándolas un poquito más. Si a usted le dejan mañana sin su radiografía, la culpa no será de los huelguistas, ni será usted rehén de un grupo particular de trabajadores ni víctima de unas reivindicaciones ajenas sobre las que nadie le ha preguntado. Estará usted participando, en el fondo, en un acto contra el pinochetismo. ¡Salud!
Según este ameno artículo de Cnet, no falta mucho para que los jugadores virtuales se topen con un nuevo avatar, este muy real: elFisco.
Las transacciones económicas en ciberjuegos como Second Life oWorld of Warcraftestán alcanzando tal volumen que no debiera extrañarnos si algún día la transmisión de activos virtuales, o la toma de botines mediante, por ejemplo, la matanza de monstruos, se convierta oficialmente en hecho imponible.
Pero cabe preguntarse si no lo es ya. La ley española del IRPF grava “la renta del contribuyente, entendida como la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la Ley, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador”.
Por otro lado, el Impuesto sobre Sucesiones grava “la adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio”. Ya hay jugadores con patrimonios considerables en la Red, que en algún inexorable momento tendrán que pasar a sus herederos, y éstos ‘retratarse’ ante Hacienda.
Que conste que no quiero dar ideas a nuestras apreciadísimas autoridades tributarias, a quienes aprovecho para saludar y a quienes extiendo el testimonio de mi más distinguida consideración ;-)
La estolidez legislativa acaba de coronar una nueva cima. El despropósito normativo que abordamos hoy me ha dejado más estupefacto que el día aquel que Pedro Ruiz sacó el poemario en su programa de la tele. Hablamos esta vez del Reglamento (CE) nº 1546/2006 sobre seguridad aérea, publicado (por decirlo de alguna manera) en el Diario Oficial n° L 286 de 17/10/2006.
Se trata de una norma de seguridad del tráfico aéreo que por su naturaleza no debe ser revelada al público, supuestamente para no poner en peligro ese mismo tráfico aéreo. Pero hete aquí que la Comisión europea decide, en un giro más propio de Gila que de todo un Legislador Comunitario, publicar un Reglamento pero haciendo secreto su contenido. Así, el Anexo del Reglamento, que es precisamente el que contiene las nuevas normas, establece:
“ANEXO. En virtud del artículo 1, el anexo será secreto y no se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.”
El lector cabal se preguntará ¿para qué diantres se publica entonces? Y cualquiera que haya leído el artículo 254 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, que exige la publicación de las normas comunitarias, se llevará como mínimo las manos a la cabeza.
Pero leamos el Considerando 2 del Reglamento de marras. Arguye la Comisión que “conviene adoptar medidas que den mayor precisión a las normas comunes, en particular para abordar el riesgo creciente de introducción de explosivos líquidos en la aeronave.”
No está mal la pista. Explosivos líquidos. Tanto secreto sobre el contenido del Anexo, y al propio legislador se le escapa casi por descuido. ¡Pardiez, qué indiscreción!
Pero agárrense, que lo mejor viene en el Considerando 3: “Para prevenir actos de interferencia ilícita, las medidas establecidas en el anexo del Reglamento (CE) no 622/2003 deben mantenerse secretas y no ser objeto de publicación. (…) No obstante, los pasajeros deben estar claramente informados de las normas relativas a los artículos que está prohibido introducir en las aeronaves.”
O sea, que las medidas deben mantenerse en secreto, salvo para los pasajeros que transiten por el espacio aéreo europeo, que son apenas unos cuantos centenares de millones al año. ¡Pero chissst, que quede entre nosotros, eh!
Si quieres que tu secreto sea guardado, guárdalo tú mismo, dijo Séneca. Primero prohibimos los líquidos en los aviones mediante una norma secreta, y luego establecemos la obligación de informar claramente a los pasajeros sobre dichas normas. ¿Dónde queda pues la confidencialidad? Ni Anacleto, agente secreto, con su licencia para meter la pata lo haría mejor.
Visto el nivel de comicidad al que se puede llegar la laberíntica normativa comunitaria, hay quien se pregunta si la prohibición de introducir líquidos en los aviones es en realidad un ardid dirigido a fomentar las ventas en las tiendas de los aeropuertos, cuyos productos están exentos de la medida. Cosas más retorcidas se han visto…
Nota: Esta historia viene al hilo de un comentario en la veterana lista de correo de Derecho de Rediris, en la que Aurelio González-Fanjul se confiesa incapaz de “entender cómo los ciudadanos podemos y debemos cumplir con una normativa secreta, salvo que nos fiemos de que quien la interpreta en cada caso lo haga bien. Nunca he conocido una normativa secreta, al menos en España, que fuera de aplicación a los ciudadanos, y que estos deban permanecer callados y fiados de que se aplique bien”.
Aldo Zela nos envía una Sentencia del Tribunal Constitucional del Perú que despacha sin miramientos el recurso de un sujeto de los que hemos dado por aquí en denominar "ultralitigantes", esa subespecie de la franja lunática que anida en los pasillos de los juzgados de medio mundo.
Al tipo no se le ocurrió otra cosa que instar un procedimiento de habeas corpus para su mascota, un roedor de mediano tamaño del género Rattus, comúnmente conocido como rata. Lo más sorprendente es que el pleito haya llegado tan lejos. Lean, lean...
Contra la especulación urbanística, recetario soviético
El inefable relator en materia de Vivienda de la ONU, Miloon Kothari, en su subvencionada gira española, últimamente dedicada a visitar okupas, ha arremetido contra las consecuencias negativas de las políticas de mercado libres y abiertas que según su modernísima visión, son causa del desenfreno urbanístico.
Ay, el mercado, qué bicho. Otros bienintencionados protestantes, agrupados en torno a la llamada Plataforma por una Vivienda Digna, reclaman en su Manifiesto un “inmediato y drástico incremento del gasto público en la construcción o puesta en el mercado de vivienda protegida”, además de un “enérgico aumento de la presión fiscal” para los viles titulares de viviendas secundarias.
Ante estas propuestas de más intervencionismo, más dirigismo estatalista y otras de corte aún más soviético que abundan ahora por la Red, solo cabe exclamar: Virgencita, que me quede como estoy.
Esperemos que a ningún gestor de la cosa pública le dé por prestar el oído a simpáticas exigencias como “la creación de un fondo de compensación para resarcir de manera cautelar a los afectados por retrasos, delitos o abusos inmobiliarios” (oiga, ¿y esto quién lo paga?), otras más caras como la creación de una “agencia de control del fraude inmobiliario” (cielos, más cargos, dietas y coches oficiales) o a conmovedoras peticiones como el “establecimiento por ley de un tiempo de retorno máximo de los prestamos hipotecarios de 15 años” (y la paz en el mundo y dos huevos duros).
¿No sería más sensato hacer caso a un tipo verdaderamente serio como es el presidente del Banco Central Europeo, Jean Claude Trichet, que ha propuesto “eliminar las distorsiones en los mercados de los inmuebles causadas por las medidas fiscales y por los programas regulatorios y administrativos” para frenar el encarecimiento de las viviendas?
"El agente con carnet profesional nº xxx se introdujo en la calzada y le dio el alto, a lo que no hizo caso el conductor, que luego resultó ser el acusado, Diego, quien esquivó al agente, al tiempo que con la mano le hacía un gesto obsceno con el dedo corazón extendido. Iniciada la persecución policial con el coche patrulla, le dieron alcance en el recinto ferial en la caseta denominada de los "punkis". Cuando le solicitaron la documentación del ciclomotor, el acusado Diego, no les hizo caso, al tiempo que se inclinó y levantó la pierna dejando escapar un pedo en presencia de los agentes."
Relato de hechos probados en la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid nº 264/2004, de 5 de Mayo de 2004. Definitivamente, el oficio de policía está muy mal pagado.
El Operador está preoperado, ¿quién lo despreoperará?
Nuevo ejemplo de elegante eufonía literario-legislativa: Resolución de 16 de octubre de 2006 de la Secretaría General de Energía, por la que se aprueba el procedimiento de operación 3.8, Participación de las instalaciones de producción durante la fase de pruebas preoperacionales de funcionamiento en los procesos gestionados por el Operador del Sistema.