Las empresas medianas y grandes deben contar obligatoriamente con un Letrado asesor
Resumo la interesante nota que nos envía el Iltre. Colegio de Abogados de Málaga:
"Existe una norma (Ley 39/75 de 31 de octubre) donde se recoge que las Sociedades mercantiles deben contar con un Letrado asesor dentro de sus órganos de dirección o de administración. Sobre ésta, el Colegio de Abogados de Málaga quiere hacer hincapié en la importancia de su cumplimiento. Por su parte, el Colegio pretende contribuir a ello desde su posición mentalizando a las Sociedades de la obligatoriedad y conveniencia de tener un Letrado asesor, así como con su apoyo a los Registros Mercantiles para que se aplique rigurosamente esta Norma.
Según la mencionada Ley, el nombramiento del Letrado en cualquier firma es obligatorio para dos supuestos:
Tratándose de Sociedades domiciliadas en España, cuando (1) su capital sea igual o superior a 300.506, 10 euros o (2) el volumen normal de sus negocios, según el balance y la documentación contable correspondiente al último ejercicio fiscalmente sancionado, alcance la cifra de 601.012,20 euros o (3) la plantilla de su personal fijo supere los cincuenta trabajadores.
Tratándose de Sociedades domiciliadas en el extranjero, cuando el volumen de sus operaciones o negocios en las sucursales o establecimientos que tengan en España sea igual o superior a 300.506,10 euros o su plantilla de personal fijo supere los cincuenta trabajadores.
En cuanto a las funciones del Letrado asesor, además de las propias de su profesión, deberá hacerse cargo de “asesorar en Derecho sobre la legalidad de los acuerdos y decisiones que se adopten por el órgano que ejerza la administración y, en su caso, de las deliberaciones a las que asista, debiendo quedar, en la documentación social, constancia de su intervención profesional”.
muy cierto, sin contar que su incumplimiento, se valora en cuanto a la posible responsabilidad de los cargos sociales. Pero en mi opinión no creo que sea el camino. (paternalismo, economía de mercado, intervencionismo...)
1 | Enviado por jotaluispb el November 17, 2006 a las 9:44 AM
Coincido contigo JotaLuis, exigencias como ésta se unen a los centenares de requisitos burocráticos que convierten el cumplimiento de la legislación mercantil en una maratón de ultrafondo...
2 | Enviado por javier muñoz el November 18, 2006 a las 11:58 AM
El cumplimiento de la norma seria de inmensa utilidad para clarificar el funcionamiento de la s sociedades mercantiles en nuestro pais en el que abundan los incumplimientos de la legislacion societaria y registral. Hay que tener en cuenta el alto grado inseguridad que ello introduce en el mercado y sus repercusiones negativas sobre el trafico economico.Por otro lado para los abogados seria muy bueno, pues permitiria especializarse en esta materia de deerecho societario tan interesante.
3 | Enviado por profesionalesdelabog el November 20, 2006 a las 12:17 PM
contestarme
4 | Enviado por conchi canovas el November 22, 2006 a las 1:49 PM
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