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Venganza o legítima defensa, este domingo en Telecinco

El próximo domingo 17 de septiembre participaré en el programa semanal El Buscador de Telecinco (de 20 a 21 h.) que abordará un suceso ocurrido hace poco en Zaragoza. El padre de dos jóvenes atacó con un cuchillo de cocina a su ex esposa cuando ésta salía de su casa para ir a trabajar. Los gritos de la mujer y de los vecinos hicieron desistir al agresor, que se deshizo del cuchillo y huyó, aunque fue alcanzado por sus hijos en la misma calle, donde le pegaron una paliza.

En mi intervención (una entrevista grabada) intento contestar algunos interrogantes sobre la legítima defensa, hasta dónde llega y qué es lo que ampara. Según el Código Penal, el juez solo puede aplicar esta eximente cuando el medio de defensa utilizado sea racionalmente necesario para oponerse o impedir la agresión. En un caso como éste, en que el padre ya había finalizado su acción, y transcurrió algún tiempo desde ese momento hasta que le alcanzaron y agredieron sus hijos, ¿estaríamos ante un caso de legítima defensa, o más bien de reprobable venganza privada?

Por javier muñoz |15 September 2006 |
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Comentarios

No sé si los chicos tienen razón desde el punto de vista jurídico, pero sí desde el punto de vista moral. ¿Qué harías tú si acabasen de intentar asesinar a tu madre?

1 | Enviado por Al-3 el September 15, 2006 a las 6:23 PM
Desde que ví la noticia pensé que sería claramente un acto de venganza pero también que si hubiese sido yo, mi padre no se queda en coma, se lo llevan en una bolsa. No se me ocurre mejor "excusa" para pasar una temporada en la cárcel.

Un saludo.

2 | Enviado por Quemasdá el September 18, 2006 a las 5:11 PM
En el presente caso dependerá de a quién defendamos. Si defendemos a los hijos podemos alegar que concurre de forma incompleta la causa de justificación de la legítima defensa, si bien ha existido un exceso en la reacción defensiva.

Si defendemos al padre y hemos denunciado a su vez a los hijos, no concurre la causa de justificación de la legítima defensa pues la inminencia de la puesta en peligro de los bienes ya sucedió, y por tanto nos encontramos ante una VENGANZA .

También podemos alegar que ha existido un error sobre la concurrencia de las condiciones necesarias para la aplicación de la legítima defensa.
El caso es una cuestión interesante desde el punto de vista procesal y como no doctrinal.

3 | Enviado por El Cagador Justicier el September 20, 2006 a las 11:47 AM
En mi opinón la defensa legítima está más que justificada.Pero según está redactada en el Código penal art. (20.4.segundo), no procedería. La ley española no ampara a las víctmas,estoy harta de ver tantas reformas (encima me las tengo que empollar), porque la justicia cada día funciona peor.

4 | Enviado por zoilo el November 10, 2006 a las 7:20 PM
Considero que la acción de los hijos, a mi modo de ver en el lado sentimental ha sido la que tal vez cualquier hijo haría en el caso que se comenta. Sin embargo de ello, jurídicamente la actitud no fue ya de Legitima Defensa, puesto que la misma se configuraría de esa manera si los hijos hubiesen estado presentes en el momento de la agresión y hayan procedido a propinarle la paliza. Es decir que la legitima defensa es "actual" y no post, por tanto ha primado la emosión violenta inclusive m´ñas que el término venganza.

5 | Enviado por Pedro Balcazar Nara el August 17, 2007 a las 5:55 PM

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