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1.- ¿Cuándo me pagará iAbogado.com?
El pago de las retribuciones se efectúa mensualmente. Diez días
después del cierre contable de cada mes , iAbogado.com comunica
al Afiliado el total de las ventas provenientes del sitio web del Afiliado,
en su caso. El Afiliado debe enviar una factura a iAbogado.com, que abonará
su importe mediante transferencia bancaria a la cuenta que le indique
el Afiliado.
2.- ¿Hay algún límite a la cantidad
de dinero que puedo cobrar como Afiliado?
No, no hay ningún límite. No importa la cantidad de contrataciones
que provengan de su sitio web: recibirá una retribución
del 10% por cada contratación efectuada por sus usuarios
en iAbogado.com durante las 24 horas siguientes a su primer acceso a iAbogado.com.
No obstante, la retribución mínima debe ascender a 30€
en un mismo mes. Si en un mes determinado no alcanzase Vd. dicho importe,
la cantidad devengada se acumulará al mes o meses siguientes.
3.- ¿Cómo sé que mis usuarios han comprado en iAbogado.com?
Cada vez que un cliente proveniente de su página web efectúe
una contratación en iAbogado.com, recibirá un mensaje por
correo electrónico indicando los importes y retribuciones devengadas.
4.- ¿Cómo puedo promocionar los servicios
de iAbogado.com?
En primer lugar, deberá colocar enlaces de texto o elementos gráficos
en su sitio web que apunten a cualquier página de iAbogado.com.
Así, los visitantes a su sitio web verán nuestros elementos
gráficos, pulsarán para llegar a iAbogado.com y cualquier
contratación que efectúen será anotada a su cuenta
de retribuciones. También puede promocionar nuestros servicios
incluyendo información en sus boletines, o realizando integraciones
especiales.
5.- ¿Necesito un CIF o NIF para poder participar
como un Afiliado?
Sí, necesitamos un CIF o NIF de la entidad o la persona física
que va a percibir las retribuciones correspondientes.
Sus propios esfuerzos de promoción determinarán los ingresos
que puede esperar del Programa de Afiliación de iAbogado.com. Cuánto
más tráfico reciba su sitio web y cuánto más
promocione nuestros servicios, mayores serán las posibilidades
de obtener retribuciones.
7.- ¿Cómo puedo unirme al Programa de
Afiliación de iAbogado.com?
Es muy sencillo. Solo tendrá que cumplimentar la solicitud de alta
como Afiliado, leer y aceptar el Acuerdo de Afiliación, y esperar
a que le comuniquemos por correo electrónico su admisión
al Programa y su Número de Afiliado. A partir de ese momento, podrá
insertar enlaces de texto o elementos gráficos en su web.
8.- ¿Qué Afiliados busca iAbogado.com?
En iAbogado.com estamos principalmente interesados en webs con
contenidos afines al mundo del Derecho, cuyos usuarios tengan un interés
potencial en obtener información jurídica o contratar servicios de abogacía.
No se trata solamente de webs dedicadas a temas legales, sino también
de sitios que alguna manera atraigan visitantes potencialmente interesados
en nuestros contenidos (separaciones y divorcios, herencias, compra y
alquiler de viviendas, propiedad horizontal, vehículos y tráfico, seguros,
extranjería, empresas, relaciones laborales, pensiones y subsidios, impuestos,
derecho penal, el ciudadano y la administración, propiedad intelectual,
etc.)
Así, por ejemplo, si Vd. mantiene un portal inmobiliario, al insertar
una banda publicitaria ('banner') o enlace a iAbogado.com estará ofreciendo
a sus usuarios la posibilidad de obtener información jurídica sobre alquileres,
comunidades de vecinos, etc. e incluso contratar un abogado especializado
en la materia. De esta forma, incorporará un interesante valor añadido
a su web.
Serán rechazados automáticamente los webs con contenidos violentos,
racistas, pornográficos, discriminatorios o ilegales.
9.- ¿Cómo puedo enlazar mi web a iAbogado.com?
Podrá remitir sus usuarios o visitantes a iAbogado.com de 2 formas:
En ambos casos, deberá insertar en su código HTML un enlace a cualquier página de iAbogado.com, añadiendo la extensión ?AFI=X, donde X es su número de Afiliado, que le habremos enviado por correo electrónico. A continuación le indicamos algunos ejemplos, suponiendo que su número de Afiliado sea el 123:
Ejemplo 1: Si desea enlazar con la página de Inicio de iAbogado.com,
inserte el enlace 'http://www.iabogado.com/index.cfm?AFI=123'.
Ejemplo 2: Si desea enlazar con nuestro Servicio de Consulta por Correo-e,
inserte el enlace
' http://www.iabogado.com/esp/Consulte/c01_consulta.cfm?AFI=123'
Importante: si la URL ya tuviese algún signo de interrogación
'?',
en lugar de ?AFI=X, deberá añadir
la extensión &AFI=X.
Ejemplo 3: Si desea enlazar con nuestro apartado 'Separación y
Divorcio', inserte el enlace
'http://www.iabogado.com/esp/guialegal/guialegal.cfm?IDCAPITULO=02000000&AFI=123'
10.- ¿Tendré alguna obligación frente
a los clientes?
No, en absoluto. Los visitantes de su web que contraten algún servicio
en iAbogado.com son, a todos los efectos, clientes nuestros, y usted
no tendrá ninguna obligación, vínculo ni responsabilidad
ante aquellos. Los importes que abonamos a nuestros Afiliados son retribuciones
por servicios promocionales, y en ningún caso honorarios, tarifas,
ni aranceles profesionales por servicios de abogacía. El Afiliado
no tiene acceso a ningún dato personal de los clientes, y iAbogado.com
se encarga de prestar los servicios legales contratados al cliente, sin
precisar en ningún momento la ayuda o colaboración del Afiliado.
lun-vier 9:30 a 19 h.
Teléfonos y dirección física
Quiénes somos
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