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Preguntas Frecuentes para Afiliados


1.- ¿Cuándo me pagará iAbogado.com?
2.- ¿Hay algún límite a la cantidad de dinero que puedo cobrar?
3.- ¿Cómo sé que mis usuarios han comprado en iAbogado.com?
4.- ¿Cómo puedo promocionar los servicios de iAbogado.com?
5.- ¿Necesito un CIF o NIF para poder participar como Afiliado?
6.- ¿Cuánto puedo ganar?
7.- ¿Cómo puedo unirme al Programa de Afiliación de iAbogado.com?
8.- ¿Qué Afiliados busca iAbogado.com?
9.- ¿Cómo puedo enlazar mi web a iAbogado.com?
10.- ¿Tendré alguna obligación frente a los clientes?

1.- ¿Cuándo me pagará iAbogado.com?


El pago de las retribuciones se efectúa mensualmente. Diez días después del cierre contable de cada mes , iAbogado.com comunica al Afiliado el total de las ventas provenientes del sitio web del Afiliado, en su caso. El Afiliado debe enviar una factura a iAbogado.com, que abonará su importe mediante transferencia bancaria a la cuenta que le indique el Afiliado.


2.- ¿Hay algún límite a la cantidad de dinero que puedo cobrar como Afiliado?


No, no hay ningún límite. No importa la cantidad de contrataciones que provengan de su sitio web: recibirá una retribución del 10% por cada contratación efectuada por sus usuarios en iAbogado.com durante las 24 horas siguientes a su primer acceso a iAbogado.com. No obstante, la retribución mínima debe ascender a 30€ en un mismo mes. Si en un mes determinado no alcanzase Vd. dicho importe, la cantidad devengada se acumulará al mes o meses siguientes.

 

3.- ¿Cómo sé que mis usuarios han comprado en iAbogado.com?


Cada vez que un cliente proveniente de su página web efectúe una contratación en iAbogado.com, recibirá un mensaje por correo electrónico indicando los importes y retribuciones devengadas.


4.- ¿Cómo puedo promocionar los servicios de iAbogado.com?


En primer lugar, deberá colocar enlaces de texto o elementos gráficos en su sitio web que apunten a cualquier página de iAbogado.com. Así, los visitantes a su sitio web verán nuestros elementos gráficos, pulsarán para llegar a iAbogado.com y cualquier contratación que efectúen será anotada a su cuenta de retribuciones. También puede promocionar nuestros servicios incluyendo información en sus boletines, o realizando integraciones especiales.


5.- ¿Necesito un CIF o NIF para poder participar como un Afiliado?


Sí, necesitamos un CIF o NIF de la entidad o la persona física que va a percibir las retribuciones correspondientes.

 

6.- ¿Cuánto puedo ganar?


Sus propios esfuerzos de promoción determinarán los ingresos que puede esperar del Programa de Afiliación de iAbogado.com. Cuánto más tráfico reciba su sitio web y cuánto más promocione nuestros servicios, mayores serán las posibilidades de obtener retribuciones.


7.- ¿Cómo puedo unirme al Programa de Afiliación de iAbogado.com?


Es muy sencillo. Solo tendrá que cumplimentar la solicitud de alta como Afiliado, leer y aceptar el Acuerdo de Afiliación, y esperar a que le comuniquemos por correo electrónico su admisión al Programa y su Número de Afiliado. A partir de ese momento, podrá insertar enlaces de texto o elementos gráficos en su web.


8.- ¿Qué Afiliados busca iAbogado.com?


En iAbogado.com estamos principalmente interesados en webs con contenidos afines al mundo del Derecho, cuyos usuarios tengan un interés potencial en obtener información jurídica o contratar servicios de abogacía. No se trata solamente de webs dedicadas a temas legales, sino también de sitios que alguna manera atraigan visitantes potencialmente interesados en nuestros contenidos (separaciones y divorcios, herencias, compra y alquiler de viviendas, propiedad horizontal, vehículos y tráfico, seguros, extranjería, empresas, relaciones laborales, pensiones y subsidios, impuestos, derecho penal, el ciudadano y la administración, propiedad intelectual, etc.)

Así, por ejemplo, si Vd. mantiene un portal inmobiliario, al insertar una banda publicitaria ('banner') o enlace a iAbogado.com estará ofreciendo a sus usuarios la posibilidad de obtener información jurídica sobre alquileres, comunidades de vecinos, etc. e incluso contratar un abogado especializado en la materia. De esta forma, incorporará un interesante valor añadido a su web.

Serán rechazados automáticamente los webs con contenidos violentos, racistas, pornográficos, discriminatorios o ilegales.

 

9.- ¿Cómo puedo enlazar mi web a iAbogado.com?


Podrá remitir sus usuarios o visitantes a iAbogado.com de 2 formas:

En ambos casos, deberá insertar en su código HTML un enlace a cualquier página de iAbogado.com, añadiendo la extensión ?AFI=X, donde X es su número de Afiliado, que le habremos enviado por correo electrónico. A continuación le indicamos algunos ejemplos, suponiendo que su número de Afiliado sea el 123:


Ejemplo 1: Si desea enlazar con la página de Inicio de iAbogado.com, inserte el enlace 'http://www.iabogado.com/index.cfm?AFI=123'.
Ejemplo 2: Si desea enlazar con nuestro Servicio de Consulta por Correo-e, inserte el enlace
' http://www.iabogado.com/esp/Consulte/c01_consulta.cfm?AFI=123'

Importante: si la URL ya tuviese algún signo de interrogación '?', en lugar de ?AFI=X, deberá añadir la extensión &AFI=X.

Ejemplo 3: Si desea enlazar con nuestro apartado 'Separación y Divorcio', inserte el enlace
'http://www.iabogado.com/esp/guialegal/guialegal.cfm?IDCAPITULO=02000000&AFI=123'


10.- ¿Tendré alguna obligación frente a los clientes?


No, en absoluto. Los visitantes de su web que contraten algún servicio en iAbogado.com son, a todos los efectos, clientes nuestros, y usted no tendrá ninguna obligación, vínculo ni responsabilidad ante aquellos. Los importes que abonamos a nuestros Afiliados son retribuciones por servicios promocionales, y en ningún caso honorarios, tarifas, ni aranceles profesionales por servicios de abogacía. El Afiliado no tiene acceso a ningún dato personal de los clientes, y iAbogado.com se encarga de prestar los servicios legales contratados al cliente, sin precisar en ningún momento la ayuda o colaboración del Afiliado.

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