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Alexander Vavilin:
Y qué ¿opinión tiene usted al respeto? ¿Sería esto posible en España? Y sobre todo, ¿este tipo de pruebas no crearán más inconvenientes que ventajas?
Javier Muñoz:
Alexander, si la prueba llega al juicio por medios legales y en la vista oral se practica con oralidad, inmediación, contradicción y publicidad, no veo ningún problema en que el juez la admita y luego la valore libremente. Cuando las pruebas se obtienen ilícitamente el juez debe declararlas nulas, sobre todo a partir de la sentencia del Tribunal Constitucional de 29 de noviembre de 1984...
Octavio Rojas:
Brillante, Javier.
¿Hay algún precedente en España?
Saludos.
Javier Muñoz:
Octavio, no conozco ningún caso de prueba mediante google relacionado con homicidios. Si algún lector sabe de alguno, somos todo oídos. Sí hay muchos de la llamada 'justicia menor' (injurias, calumnias en foros, etc.) Algún día contaré por aquí alguna sabrosa anécdota judicial al respecto...
dafne:
Y ahora que ya es conocido por todos que esa búsqueda en internet también es válida como prueba ¿sería posible deshacerse de ese rastreo por la red sin que dejase "huella" en nuestro ordenador?